La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, reunida esta mañana, ha mostrado su malestar por las reacciones que ha provocado la decisión del titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santander, Fermín Goñi, sobre la administración judicial decretada para el Racing, que supone el mantenimiento del actual Consejo de Administración en su puesto. El el nombramiento de Carlos de la Dehesa sólo se realizará para controlar los ingresos por taquillas y abonos.
En un comunicado, el TSJC reconoce los sentimientos que el futuro del Racing de Santander despiertan en muchos ciudadanos y representantes políticos y sociales, pero advierte de que ello "no puede justificar que la defensa de tan nobles aspiraciones se lleve al campo de las opiniones puramente pasionales, desprovistas de la mínima objetividad y rigor".
El TSJC admite que las decisiones judiciales puedan no ser compartidas, pero considera "inadmisible" que para mostrar esa legítima disconformidad "se acuda no al contenido de la decisión, sino a un ataque a la persona que la adopta y a la institución en la que se integra". Y vás allá, ya que consdiera esto aún más criticable cuando esas declaraciones proceden de "personas con responsabilidad pública que extienden entre la ciudadanía una velada sospecha acerca de la actuación de los Tribunales de Justicia". Por ello, a través de un comunicado, el tribunal reafirma su voluntad de "velar por la defensa del prestigio y la imparcialidad de todos los miembros de la Carrera Judicial que ejercen en Cantabria".
El TSJC, en un comunicado de seis puntos, manifiesta que la crítica hacia las resoluciones judiciales resulta siempre lícita y deseable en un Estado de Derecho, pero "no permite ni puede amparar los ataques personales ni la deslegitimación de los Jueces y Magistrados titulares del Poder Judicial”.
El tribunal considera que los jueces y magistrados “resuelven los concretos conflictos jurídicos que las partes del proceso le plantean, de conformidad con las posiciones de las mismas y mediante la aplicación motivada del ordenamiento jurídico, sin que les sea lícito resolver de conformidad con otros legítimos intereses que pudieran ser ajenos al proceso y cuyo campo de resolución se encuentra, en muchas ocasiones, en ámbitos alejados de la competencia judicial”.
El TSJC justifica la sentencia del juez Goñi afirmando que “el asunto sometido a la consideración de los Tribunales, en este caso concreto, no tenía por objeto una especie de “causa general” sobre la situación del club, sino la adopción de aquellas medidas que, para un concreto supuesto, permitieran dotar al acreedor de un conjunto suficiente de garantías para la normal percepción de lo adeudado, sin que, consecuentemente, pudieran adoptarse otras medidas cuya procedencia está sujeta a las decisiones que se tomen en otros procesos judiciales en trámite”.
El comunicado pide respeto hacia las decisiones judiciales: “resulta inadmisible que para mostrar la legítima disconformidad con las mismas se acuda no al contenido de la decisión, sino a un ataque a la persona que la adopta y a la institución en la que se integra, postura tanto más criticable cuando procede de personas con responsabilidad pública que extienden entre la ciudadanía una velada sospecha acerca de la actuación de los Tribunales de Justicia”.
La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria “se ratifica en la necesaria garantía e interpretación extensiva del derecho constitucional de defensa, sin embargo considera inadmisible que quienes son parte en un proceso judicial y han tenido importantes responsabilidades en el club, utilicen el dictado de una resolución judicial para, con expresiones absolutamente rechazables, tratar de aprovechar un determinado sentimiento social en su exclusivo beneficio”. Por todo ello, la Sala de Gobierno reafirma su voluntad de velar por la defensa del prestigio y la imparcialidad de todos los miembros de la Carrera Judicial que ejercen en Cantabria.
Fuente: El Diario Montañés